Para saber si te excediste, debés sumar todos los comprobantes emitidos (Facturas C o E) durante los últimos 12 meses móviles y comparar el total con el tope máximo de tu categoría vigente. Los 12 meses móviles no son el año calendario (enero-diciembre), sino los 12 meses anteriores a la fecha de control, independientemente de cuándo empiece el año.
Por ejemplo, si hoy es octubre de 2025, debés sumar todo lo facturado desde noviembre de 2024 hasta octubre de 2025. Si ese total supera el límite de tu categoría actual, ya estás en zona de riesgo. Si supera el límite de la categoría máxima (K), podés quedar excluido del régimen.
Para chequear esto manualmente: ingresá a AFIP con tu Clave Fiscal, accedé al servicio 'Mis Comprobantes', descargá el Excel de 'Emitidos' de los últimos 12 meses y sumá la columna de importes totales, descontando las Notas de Crédito.
Facturometro automatiza este proceso: subís el Excel de AFIP y en segundos te mostramos cuánto facturaste, cuánto te queda y si estás en riesgo de exclusión.
Otras preguntas frecuentes
¿Qué pasa si me paso de la categoría máxima del Monotributo?
Si superás el límite de ingresos brutos de la categoría máxima (K), AFIP puede excluirte del Monotributo de oficio, sin previo aviso. Esto implica pasar al Régimen General como Responsable Inscripto, lo que conlleva obligaciones impositivas significativamente más complejas y costosas.
¿Cómo calcular mi facturación anual para la recategorización semestral?
La recategorización del Monotributo se realiza dos veces por año: en enero (por el período julio-diciembre del año anterior) y en julio (por el período enero-junio del mismo año). Para cada recategorización, debés sumar los ingresos brutos de los 12 meses anteriores al período de control.
¿AFIP controla mis gastos con tarjeta y movimientos bancarios siendo Monotributista?
Sí, AFIP tiene un sistema de cruces de información muy sofisticado. Como monotributista, tus movimientos bancarios, consumos con tarjeta de crédito y débito, compras de propiedades, operaciones en el exterior y otras variables quedan registradas y son cruzadas con tu facturación declarada.
¿Cuentan las facturas impagas para el límite del Monotributo?
Sí, las facturas impagas cuentan para el límite del Monotributo. El criterio que aplica AFIP es el 'devengado' (lo facturado), no el 'percibido' (lo cobrado). Esto significa que desde el momento en que emitís el comprobante, ese monto ya cuenta para tu límite anual, independientemente de si tu cliente pagó o no.